Una vez divorciada no puede obtener el título de residencia como cónyuge de japonés.
No obstante, habrá mayor posibilidad de que apruebe cierto título de permanencia en los siguientes casos:
En caso de que tenga un hijo de nacionalidad japonesa o un hijo legitimado y lleve una vida estable y de largo tiempo en Japón. Si tiene derecho de padre/madre y lo/a cuida realmente, puede obtener el tipo de visado, "Residente a largo plazo", aunque haya sobrepasado su permanencia legal.
En caso de que se dedique a un trabajo profesional o caso de que tenga una empresa propia (administre una empresa propia).
El título de permanencia será APROBADO o NEGADO, según los casos. Según el estilo de vida o las actividades del solicitante, algunos casos no son aprobados.
Trámite
Documentos necesarios:
- Documento de declaración (Historia de matrimonio y divorcio)
- Razón por la cual el ex cónyuge no quiera cooperar en la solicitud
- Escribir la situación actual de su vida, etc.
Pedir al abogado que lo haga si el solicitante está en proceso de juicio.
- Documento de reclamo de opinión y situación
- Certificado de garantía (Es necesario el nombre personal)
- Certificado del Caso Arbitrado para el Ajuste de la Relación Matrimonial (En caso de estar en proceso de juicio, obtenga a través de la Corte.)
- Certificado de trabajo y Certificado de sueldo (En caso de que tenga trabajo)
- Certificado de concurrencia al Japón y Certificado de estudiante (En caso de que tenga un hijo)
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