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Cambios en la ley de Control de Inmigración


Líneas generales de la modificación parcial del 2009 a la Ley sobre el Control de Inmigraciones y Reconocimiento de la condición de Refugiados

Introducción
El 15 de julio de 2009, se aprobó y promulgó en la sesión regular de la Dieta del año 2009, “La modificación parcial de la Ley sobre el Control de Inmigración y Reconocimiento de la condición de Refugiados, entre otros, la Convención Especial para las personas que han renunciado la nacionalidad japonesa bajo la Convención de la paz” (en adelante, “la Ley enmendada”).
La Ley enmendada introduce el sistema de control de residentes con la emisión de las tarjetas de residencia, así como la emisión del certificado para los residentes permanentes especiales.  También se revisa el sistema de entrenamiento y capacitación técnica, la integración del status de residencia “Estudiantes universitarios” y “Estudiantes escolares”, la instalación de la Comisión de Inspectores de los centros de detención.

Puntos principales de la modificación

¿Qué cosa va a cambiar?
1. La introducción de un nuevo sistema de control de residentes que incluye la emisión de la tarjeta de residencia → Mayores detalles, ver la página 2.
2. Para las personas con permanencia especial, se emitirán el Certificado de Residentes con Permanencia Especial → Mayores detalles, ver la página 4.
3. La revisión del sistema de entrenamiento y capacitación técnica → Mayores detalles, ver la página 4.
4. La integración del status de residencia “Estudiantes universitarios” y “Estudiantes escolares”.
5. La instalación de la Comisión de Inspectores de los centros de detención.
6. La formalización de la prohibición de la deportación bajo las Convenciones, la que incluye la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes (Nota 1).
7. El establecimiento de un periodo excepcional de estadía para las personas que solicitan la extensión del periodo de estadía
8. El establecimiento de excepciones especiales con respecto al rechazo de desembarque.
9. Nuevos requerimientos para los tripulantes con permiso de desembarco y la obligación de portar y mostrar la libreta de tripulante para las personas que reciben el permiso de desembarco
10.  Establecimiento de las condiciones de deportación relacionadas a la propiciación del trabajo de status legal a fin de tratarlo con exactitud
Fechas de entrada en vigor (Nota 2)
* Dentro de 3 años desde la promulgación → 1, 2
* Dentro de 1año desde la promulgación → 3, 4, 5, 7, 8, 10
* Dentro de 6 meses desde la promulgación → 9
* Desde la fecha de la promulgación → 6
(Nota 1)  La convención internacional de las personas desaparecidas a la fuerza que contiene los reglamentos iguales que la convención de la prohibición de la tortura, será puesta en vigor apenas la dicha convención tiene efecto.
(Nota 2)  La fecha de entrada en vigor será definida por decreto.

Nuevo sistema de control de residentes
Resumen del sistema: ¿Qué tipo de sistema es?
El nuevo sistema de control de residentes está creado para establecer un sistema que permita al Ministro de Justicia obtener la información necesaria de manera continua, integrando el sistema de información que ha sido manejado por las instalaciones de departamentos de inmigraciones bajo la Ley de Inmigración y el que ha sido manejado por las municipalidades.  Se aplicará para las personas que residen legalmente por un periodo de mediano a largo plazo en nuestro país.  Se emitirá las tarjetas de estadía y se revisará los procedimientos de declaración.  La introducción de este nuevo sistema, facilitará la obtención de la información requerida para el control de residentes de manera más exacta.  Por lo tanto, será posible dar mayores facilidades para las personas que residen legalmente en este país extendiendo el tiempo de estadía de 3 años a 5 años, y también por hacer innecesario solicitar el permiso de reentrada básicamente, si retorna al Japón dentro de 1 año.

Fechas de entrada en vigor: ¿Cuándo comienza?
Dentro de 3 años a partir de la fecha de la promulgación, el día 15 de julio de 2009.

Personas aplicables: ¿A quiénes van a ser aplicables?
A aquellos extranjeros que legalmente residen por un periodo de mediano a largo plazo en este país con su visado correspondiente, a excepción de los siguientes casos:
1.  Las personas que cuentan con su visado de menos de “3 meses” de estadía.
2.  Las personas que cuentan con su visado de “Corto Plazo de Estadía”.
3.  Las personas que cuentan con su visado de “Diplomático” u “Oficial”.
4.  Las personas que han sido definida por Ley de Ministerio de Justicia.
5.  Las personas que cuentan con su visado de permanencia especial
6.  Las personas que no cuentan con su visado
Ejemplos:
Personas aplicable:
* Las personas que cuentan con su visado de “Técnico” o “Especialista de humanidad/ Servicio internacional”, y trabajan en las empresas
* Las personas que cuentan con su visado de “Estudiante Universitario” y estudian en las universidades
*  Las personas que cuentan su visado de “Cónyuge de Japonés” por casarse con japoneses.
*  Las personas que cuentan su visado de “Permanente”
Personas no aplicable:
*  Las personas que visitan de turismo, y se quedan corto tiempo
* Las personas que cuentan su visado de “Entretenimiento” y tiene plazo de menos de “3 meses” por ser actor o cantante

¿Qué es la “Tarjeta de Residente”?
Bajo el nuevo sistema de control de residentes, la tarjeta de residentes será emitida para los extranjeros aplicables, adicionalmente, se emitirá por el permiso de desembarco, el cambio de de tipo de permiso de residencia, o el cambio de tiempo de residencia.  Además, la tarjeta contiene un chip IC para prevenir las falsificaciones, y memoriza los datos enteros o parciales.
Los datos impresos en la tarjeta son siguientes:

Gobierno de Japón Tarjeta de residencia N°*******
(Los datos de ley)
1.  Nombre, Fecha de nacimiento, Sexo, Nacionalidad o región definido por la
Ley de inmigración en el artículo 2, inciso 5.
2.  Domicilio (Lugar de residencia principal en Japón)
3.  Status de residencia, tiempo de residencia y fecha de vencimiento del periodo
4.  Tipo de permiso y fecha de permiso
5.  Número de tarjeta de residencia, fecha de emisión y fecha de expiración
6.  Existencia de la limitación para laborar
7.  Existencia del permiso para las actividades de fuera del tipo de permiso
Ministro de Justicia

Comparando con el certificado de registro de extranjería, se reducirá los datos puestos en la tarjeta.
Por ejemplo, no figurará nombre del jefe de familia, lugar de nacimiento, número de pasaporte o profesión (lugar donde trabaja).

Periodo de vigencia
Mayores de 16 años
Las personas de residencia permanente → 7 años desde la fecha de emisión
Otras personas → La fecha de vencimiento de su status de residencia

Menores de 16 años
Las personas de residencia permanente → Hasta que cumpla 16 años
Otras personas → La fecha de vencimiento de su status de residencia o hasta que cumpla 16 años, lo que venga primero.
Nuevo procedimiento de control de residentes
  
¿Cuáles son las ventajas de este nuevo sistema?
1.  Se extiende el periodo máximo de estadía
Los status de residencia que actualmente cuentan con el periodo máximo de “3 años” se extenderán a “5 años” por la Ley del Ministerio de Justicia.  Respecto al status de residencia de “Estudiante universitario” que tiene el periodo máximo de estadía como “2 años y 3 meses” a partir del día 1 de julio de presente año, sin embargo, con el nuevo sistema, se extenderá a “4 años y 3 meses”.
2.  Se revisará el sistema de permiso de re entrada
Los extranjeros que cuentan con el pasaporte y la tarjeta de residencia vigente y entran al Japón dentro de 1 año de la salida, básicamente no necesitan permiso de re entrada.  Sin embargo, se definirá por la Ley del Ministerio de Justicia, los casos excepcionales que requieren permiso de re entrada.
Adicionalmente, en el caso de que perciba el permiso de re entrada, el periodo máximo de validez de dicho permiso se extenderá de “3 años” a “5 años”.
(*) Estos cambios tendrán efectos al empezar el sistema de control de residentes.

¡Notas importantes!
Al implementar el nuevo sistema de control de residencia, se establecerá los motivos de anulación de permiso de residencia y de deportación, y las sanciones.
(1)  Motivo de anulación del permiso de residencia (Ley de inmigración artículo 22, inciso 4, numeral 1)
1.   Haber obtenido el permiso de residencia por falsear o utilizar medidas ímprobas (Inciso 5)
2.  Dejar de realizar continuamente las actividades como cónyuge más de 6 meses (Menos los casos que tienen motivos justificados) (Inciso 7)
3.  No realizar la declaración de domicilio dentro de 90 días desde el primer desembarco o retirarse del domicilio anterior (Menos los casos que tienen motivos justificados), o declarar un falso domicilio (Inciso 8 a 10)
(2)  Motivo de deportación (Ley de inmigración artículo 24)
1.  Falsificación o adulteración de la tarjeta de residencia (Inciso 3, numeral 5)
2.  Recibir una sentencia condenatoria con trabajo forzado por más de 1 año o pena mayor por falsear las declaraciones de datos de residentes de medio a largo plazo, o infringir la obligación de recibir y mostrar la tarjeta de residencia (Inciso 4, numeral 4)
(3)  Sanciones
1.  Falsear las declaraciones de datos, infringir la obligación de declaración de los residentes de medio a largo plazo, o infringir la obligación de recibir, portar y mostrar la tarjeta de residentes (Ley de inmigraciones artículo 71, inciso 2, artículo 72, inciso 3)
2.  Promover labores ilegales (Ley de inmigración, artículo 73, inciso 2, numeral 2)
3.  Sanciones por falsificar o adulterar las tarjetas de residencia (Ley de inmigración, artículo 73, inciso 3 al artículo 73, inciso 6)

Columna: Reporte a la Oficina Regional de Inmigración por las instituciones con miembros extranjeros
Las escuelas e instituciones que aceptan a estudiantes extranjeros, practicantes e internos proveen información necesaria sobre estas personas a la oficina regional de Inmigraciones sin que exista la obligación expresa en la presente ley, pero con la modificación de la ley se estipula la cooperación con las instituciones antes mencionadas.
Los detalles sobre que instituciones serán requeridas para el envío de información serán definido mediante una ordenanza ministerial posteriormente.  Las organizaciones que tienen que brindar información serán, no solamente las instituciones educativas donde estudian o entrena los extranjeros, sino también las organizaciones los cuales tienen contrato de promotor con los extranjeros que tienen permiso de residencia de “Artista”.
Tendrá efecto a partir de la fecha que se defina por ley, dentro de 3 años desde la fecha de promulgación (15 de julio de 2009).
Revisión del programa de entrenamiento y capacitación técnica

Resumen de revisión: ¿Cómo cambia?
Para fortalecer la protección de los extranjeros de entrenamiento y capacitación técnica, establecerá una categoría nueva; “Entrenamiento técnico”.
1.  “Actividades de capacitación de conocimiento por cursos” y “Actividades de la capacitación técnica por contrato laboral”
i.  Actividades de empresas individuales que tienen una empresa conjunta en el extranjero que reciben los empleados (Cursos por empresas individuales)
ii.  Actividades realizadas por organizaciones no comerciales tales como las cámaras de comercio, bajo el control y responsabilidad del mismo. (Cursos manejados por asociaciones)
2.  Actividades para las personas que han capacitado por los cursos de inciso anterior, y realizar labores por el contrato. 
Las normas laborales como la ley de Estándares Laborales y la ley de salario mínimo se aplicarán para las actividades de capacitación técnica a través de acuerdos contractuales.  Además, el cambio del punto 1 al 2 será realizado a través del procedimiento de cambio de status de residencia.

Algunas ordenanzas ministeriales serán también revisadas sobre los siguientes aspectos:
* Fortalecimiento de los sistemas de dirección, control y apoyo a las organizaciones receptoras y buscar la transparencia de las operaciones de dichas organizaciones.
* Extensión del periodo de prohibición de recepción por los actos ímprobos graves
* Fortalecimiento de sistema de confirmación del contenido de contrato entre las organizaciones emisores y los extranjeros.
Fecha de entrada en vigor: ¿A partir de cuándo cambia?
Dentro de 1 año desde la fecha, 15 de julio de 2009, de promulgación de la ley.
Esbozo de procedimiento de recepción de las personas con el status de entrenamiento técnico (Cursos manejados por asociaciones)

Responsabilidad y control de las organizaciones
            Primer año   Segundo año      Tercer año

Entrena-     Capacitación técnica Capacitación técnica en los trabajos específicos en las empresas
Miento         en las empresas

      2 meses

 Aplican las leyes de trabajo
Otras revisiones
Se integra el status “Estudiante universitario” y “Estudiante escolar”
Para la estadía establecida para los estudiantes extranjeros, se integrarán el status “Estudiante universitario” y “Estudiante escolar”, y establece la categoría “Estudiantes universitarios”.  Sin embargo, para las personas que cuentan con el status de “Estudiante escolar” que no cambien las actividades después de la entrada de ley en vigor, no será necesario realizar el cambio de estatus al “Estudiante universitario”.
(Entra en vigor en 1 año desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Se establecerá la comisión de inspectores en los centros de detención de la inmigración
La comisión de inspectores de los centros de detención de inmigraciones tendrá la función de visitar a los centros de detención de inmigración, entrevistar a los detenidos y presentar su opinión a los jefes de los centros con el fin de mantener la claridad de los procedimientos, y mejorar la administración de los centros.
(Entra en vigor en 1 año desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Establecimiento del periodo especial para las personas que realizan la solicitud de extensión de su tiempo de estadía
Se establecerá un periodo de estadía para las personas que realizan su solicitud de extensión antes de vencer el tiempo.  Se permitirá que estas personas mantengan su estatus de residencia hasta que salga el resultado de la solicitud o hasta 2 meses a partir de la fecha de vencimiento.
(Entra en vigor en 1 año desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Se establecerá excepción de permiso de desembarco
A pesar de que existen hechos específicos que constituyen una condición para la negación de desembarco, con la nueva modificación permite al inspector de inmigración colocar un sello de verificación para el desembarco sin que requiera pasar por el procedimiento de tres pasos por el inspector de inmigración, oficial especial de investigación y el Ministro de Justicia en casos que el Ministro de Justicia encuentre que existe elementos razonables para no denegar el desembarco.
(Entra en vigor en 1 año desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Las personas que reciben el permiso de embarco como tripulante, tendrán las obligaciones de portar y mostrar su libreta de tripulante
Bajo la ley actual, los extranjeros que reciben el permiso de desembarco como tripulante tienen obligación de portar y mostrar su permiso de desembarco.  Sin embargo, el permiso no contiene foto.  Por lo tanto, para confirmar si la persona cuenta con su permiso de desembarco o no en ese instante, se obliga portar pasaporte o libreta de tripulante que conlleva una foto.
(Entra en vigor en 6 meses desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Establecer los motivos de deportación para tratar adecuadamente los actos que promueven las labores ilegales
Se agregarán nuevos motivos de deportación.  Adicionalmente, se establecerán nuevas disposición sobre la revocación del permiso de actividades fuera de su status.
Falsear o adulterar los documentos, o incitar dichos actos con el fin de hacer obtener el permiso del desembarco.
Promover los actos que propician labores ilegales.
Ser sentenciado con pena de condena o una más grave
(Entra en vigor en 1 año desde la fecha de promulgación, el día 15 de julio de 2009)

Preguntas y Respuestas
Q1: ¿Es necesario canjear mi tarjeta de registro de extranjería por la tarjeta de residencia inmediatamente?
A:  Si bien usted podría hacerlo si así lo desea, no está obligado a canjear la tarjeta de residencia de manera inmediata después de la fecha de entrada de la ley en vigor.  Si usted es una persona a quien se le aplicaría el nuevo sistema y posee una tarjeta de registro de extranjería válido el día que entra en vigor la ley (la fecha de entrada de vigor será determinada por una orden del Gabinete dentro de 3 años a partir del 15 de julio de 2009), su tarjeta de registro de extranjería tendrá mismo valor que la tarjeta de residencia por un tiempo determinado.
A menos que sea una persona con residencia permanente, las tarjetas de residencia serán emitidas cuando realicen los trámites de renovación del tiempo de estadía u otros cambios.
Las personas con el status de residente permanente tienen que realizar el trámite del canje dentro de 3 años desde la introducción del nuevo sistema.



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